martes, 31 de julio de 2012

Decreto 1567 de 1998, sistema de capacitacion y estimulos

DECRETO 1567 DE 1998 (agosto 5) por el cual se crean el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado. Ver.: Decreto 1572 de 1998 Decreto 682 de 2001 El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el Artículo 66 de la Ley 443 de 1998, DECRETA: TITULOPRELIMINAR CAPITULO I Disposiciones comunes Artículo 1o. Campo de aplicación. El presente decreto-ley se aplica a los empleados del Estado que prestan sus servicios en las entidades regidas por la Ley 443 de 1998. Parágrafo. En caso de vacíos respecto a la capacitación y a los estímulos en las normas que regulan las carreras especiales a las cuales se refiere la Constitución Política, o en las normas que regulan los sistemas específicos de carrera de que trata el Artículo 4o. de la Ley 443 de 1998, serán aplicadas las disposiciones contenidas en el presente decreto-ley y demás normas que lo reglamenten y complementen. TITULOI SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION Artículo 2o.- Sistema de capacitación. Créase el sistema nacional de capacitación, definido como el conjunto coherente de políticas, planes, disposiciones legales, organismos, escuelas de capacitación, dependencias y recursos organizados con el propósito común de generar en las entidades y en los empleados del Estado una mayor capacidad de aprendizaje y de acción, en función de lograr la eficiencia y la eficacia de la administración, actuando para ello de manera coordinada y con unidad de criterios. Artículo 3o.- Componentes del sistema. El sistema está integrado por los componentes que se relacionan a continuación: a) Disposiciones legales. El conjunto de disposiciones legales relacionadas con la materia delimita las competencias y responsabilidades y constituye el marco jurídico que facilita la coordinación de acciones. La capacitación de los empleados se rige por las disposiciones del presente decreto- ley y por los decretos reglamentarios que expida el Gobierno Nacional, así como por los actos administrativos emanados de cada entidad, en concordancia con las leyes generales de educación y de educación superior, con las disposiciones reglamentarias de éstas, así como con las normas

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Diplomado Gestión del Talento Humano por competencias